Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Orden HAC/1554/2002, de 17 de junio, por la que se aprueban las normas de gestión del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. · BOE-A-2002-12303
Atención: Orden HAC/1554/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de gestión y recaudación decidirán el lugar de presentación de la declaración-liquidación, ingreso de cuotas y hojas de desglose, en su caso.