Disposición adicional tercera. Provisión de los medios de apoyo.
Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado. · BOE-A-1995-12095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-14.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas competentes proveerán los medios de apoyo necesarios en los Tribunales de Justicia para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a ser jurado.
Téngase en cuenta que esta disposición, añadida por el art. único.4 de la Ley Orgánica 1/2017, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-14689, entra en vigor el 14 de febrero de 2018, según determina su disposición final 2.