El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Disposición adicional tercera. Apoyo económico a las personas que precisan del servicio de un perro de asistencia.

Disposición adicional tercera de la Ley Foral 3/2015, de 2 de febrero, reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia. · BOE-A-2015-2339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-18.

Texto consolidado

El Gobierno de Navarra, por medio del departamento competente en materia de servicios sociales, otorgará apoyo económico a las personas usuarias de perros de asistencia, en las condiciones que establezcan las correspondientes convocatorias, para la creación, mantenimiento y seguimiento anual de la unidad de vinculación, de acuerdo con las previsiones presupuestarias.

En su caso, tal apoyo prestará especial atención a cubrir los gastos de mantenimiento de dichos perros y los costes de las actuaciones que, de acuerdo con la presente ley foral, son obligatorias para obtener y mantener la condición de perro de asistencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-18.

Más artículos de Ley Foral 3/2015

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 3/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.