Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, Reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1989-7773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-04-06.
Texto consolidado
Las disposiciones reglamentarias que desarrollen esta Ley Foral podrán imponer un plazo de adaptación de los locales e instalaciones a las condiciones que se establezcan. Asimismo podrá establecerse un plazo de renovación de las licencias otorgadas con anterioridad a su entrada en vigor, con el fin de adaptarse a las normas que se establezcan.