Disposición adicional tercera. Personal sanitario adscrito a la Dirección General del Departamento de Salud.
Disposición adicional tercera de la Ley Foral 11/1999, de 6 de abril, por la que se regula el sistema de carrera profesional del personal facultativo del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. · BOE-A-1999-12496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-10.
Texto consolidado
Al personal sanitario que se le hubiera exigido para ingresar en la Administración estar en posesión de las titulaciones contempladas en el ámbito de aplicación de la presente Ley Foral, esté adscrito a la Dirección General del Departamento de Salud, y desarrolle funciones de planificación, evaluación o inspección sanitarias que afecten al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, les será de aplicación el sistema de carrera profesional, en términos homólogos a los previstos en la disposición adicional segunda apartado 2 de la presente Ley Foral.
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