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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Informatización de los registros.

Disposición adicional tercera de la Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja. · BOE-A-2022-13067

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-23.

Texto consolidado

1. Se promoverá la plena integración de los avances tecnológicos en la gestión de los registros de entidades de la economía social y solidaria, en particular la incorporación de los medios y procedimientos informáticos.

2. La tramitación de los procedimientos relativos a los registros administrativos de sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción se realizará por medios telemáticos en la medida en que lo permita la implantación de la administración electrónica.

3. Asimismo, en el Registro de Cooperativas de La Rioja, para la tramitación de los procedimientos de calificación e inscripción, legalización de libros y depósito de cuentas y auditorías, la obtención de certificados, informes o copia de cualquier documento que obre en poder del Registro, así como cualquier otro trámite que se establezca por el ordenamiento jurídico, se promoverán los mecanismos de colaboración con el resto de Administraciones públicas, los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, que aseguren la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y soluciones adoptadas por cada una de ellas, garantizando la protección de los datos de carácter personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-23.

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