Disposición adicional segunda. Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja. · BOE-A-2022-13067
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-02.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de La Rioja para la regulación reglamentaria del Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja en el plazo de seis meses.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja..