Disposición adicional tercera. Asignación de funciones y adscripción de medios y bienes de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 29 de junio, de creación de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo. · BOE-A-2011-16752
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-21.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno procederá mediante decreto a la adecuación de la estructura orgánica del departamento competente en materia de consumo, con el fin de asignar a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo las funciones y medios personales necesarios para llevar a cabo los fines que la presente ley y sus disposiciones de desarrollo le encomiendan, así como a la adscripción de los bienes y medios materiales oportunos.