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Ley Derogada 3 redacciones

Disposición adicional tercera. Núcleos rurales preexistentes de carácter tradicional afectados por la legislación de costas.

Disposición adicional tercera de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia. · BOE-A-2003-1267

Atención: Ley 9/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

(Anulada)

Se declara inconstitucional y nula, en la redacción dada por la disposición adicional 2 de la Ley autonómica 18/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4448., por Sentencia del TC 137/2012, de 19 de junio. Ref. BOE-A-2012-9213.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-09.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-9213.

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