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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Autorización para declarar la no disponibilidad de créditos.

Disposición adicional tercera de la Ley 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas administrativas y fiscales complementarias a las de la Ley 4/2012, de 25 de junio. · BOE-A-2013-793

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Texto consolidado

Se autoriza al Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad a declarar, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, la no disponibilidad de los créditos que resulten disponibles como consecuencia de la reducción retributiva establecida en el artículo 1 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

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