Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud. · BOE-A-2003-10531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.
Texto consolidado
A medida que se constituyan los correspondientes servicios regionales y sectores de la Agencia de Protección de la Salud han de ir suprimiéndose las casas de socorro.