Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/1994, de 1 de agosto, del Estatuto Regional de la Actividad Política. · BOE-A-1994-23083
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-08-17.
Texto consolidado
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones y adoptar las medidas que requiera la ejecución de la presente Ley.