Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/1994, de 1 de agosto, del Estatuto Regional de la Actividad Política. · BOE-A-1994-23083
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-08-17.
Texto consolidado
Los preceptos contenidos en el articulado de esta Ley se entenderán sin perjuicio de las incompatibilidades más rigurosas establecidas en otras normas legales para determinados altos cargos, de acuerdo con la especial naturaleza de su función.