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Ley Derogada

Disposición adicional tercera. Indemnizaciones.

Disposición adicional tercera de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-1999-22670

Atención: Ley 42/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las indemnizaciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil serán las reguladas, con carácter general, para el personal al servicio de la Administración del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-27.

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