Disposición adicional tercera. Indemnizaciones.
Disposición adicional tercera de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-1999-22670
Atención: Ley 42/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las indemnizaciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil serán las reguladas, con carácter general, para el personal al servicio de la Administración del Estado.