Disposición adicional tercera. Normativa de seguridad nuclear.
Disposición adicional tercera de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.
Texto consolidado
Para la autorización de unidades de radiofarmacia previstas en la sección 2.ª del capítulo IV del título II se exigirá, con carácter previo, la acreditación del cumplimiento de la normativa que resulte aplicable en materia de seguridad nuclear.