Disposición adicional tercera. Régimen específico para la presentación de la declaración responsable en la isla de Formentera.
Disposición adicional tercera de la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears. · BOE-A-2022-13846
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-18.
Texto consolidado
En el caso específico de la isla de Formentera, la declaración responsable que se regula en esta ley, cuando se requieran dispensas urbanísticas, se presentará ante la Comisión de Ordenación y Promoción Turística y la Comisión Técnica Asesora de Urbanismo, Ordenación del Territorio, Patrimonio Histórica y Actividades, que emitirán un informe conjunto previo y vinculante sobre la idoneidad de las soluciones propuestas.
El informe de las comisiones se emitirá en el plazo de cuatro meses. En caso de no emisión del informe mencionado en el plazo establecido, éste se considerará favorable.
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