Disposición adicional tercera. Asignación de funciones y adscripción de medios y bienes de la Administración general de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos.
Disposición adicional tercera de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute. · BOE-A-2011-16283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-11.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno, mediante decreto, procederá a la adecuación de las estructuras orgánicas en aquellos departamentos de la Administración general y organismos autónomos en que resulte conveniente a fin de asignar al Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua la funciones y medios personales necesarios para llevar a cabo los fines que la presente ley y su reglamento de organización y funcionamiento le encomiendan, y adscribir los bienes y medios materiales oportunos.