Disposición adicional tercera. Registros.
Disposición adicional tercera de la Ley 22/2001, de 21 de diciembre, de Creación de la Comarca Gúdar-Javalambre. · BOE-A-2002-1223
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-27.
Texto consolidado
Los Registros de las diversas Entidades Locales integrantes de la comarca tendrán la consideración de Registros delegados del general de la comarca a los efectos de entrada, salida y presentación de documentos.