Disposición adicional tercera. Régimen de centros museísticos financiados mayoritariamente por la Comunidad Autónoma.
Disposición adicional tercera de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León. · BOE-A-2014-4333
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-03.
Texto consolidado
Los centros museísticos cuyos gastos de actividad y funcionamiento sean financiados mayoritariamente con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma estarán sometidos al régimen que se establece en el título II, y en el capítulo II del título III de esta ley para los centros museísticos dependientes de la Comunidad de Castilla y León.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.