Disposición adicional tercera. Integración de recursos humanos y adscripción de medios materiales.
Disposición adicional tercera de la Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración de Parque Nacional de los Picos de Europa. · BOE-A-1995-12915
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-06-01.
Texto consolidado
El personal y medios adscritos al Parque Nacional de la Montaña de Covadonga se integrarán a todos los efectos en el Parque Nacional de los Picos de Europa. Por los Departamentos competentes se dictarán las disposiciones y se realizarán las actuaciones necesarias para tal fin.