Disposición adicional cuarta. Plan de desarrollo sostenible.
Disposición adicional cuarta de la Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración de Parque Nacional de los Picos de Europa. · BOE-A-1995-12915
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-06-01.
Texto consolidado
En el plazo de un año, contado a partir de la aprobación del Plan Rector de Uso y Gestión, se procederá a la elaboración y aprobación del Plan de desarrollo sostenible al área de influencia socioeconómica.