Disposición adicional tercera. Marco y periodicidad de la planificación.
Disposición adicional tercera de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León. · BOE-A-2002-16590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-18.
Texto consolidado
La planificación a que hace referencia el artículo 7.1 de esta Ley será aprobada en el marco de la planificación regional sectorial en materia de servicios sociales, en la que se integra, y con la periodicidad prevista para ésta.