Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 13/1987, de 29 de diciembre, por la que se determina la sede de las Instituciones de Autogobierno de Castilla y León. · BOE-A-1988-3241
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-12.
Texto consolidado
Las Cortes de Castilla y León y la Junta de Castilla y León, podrán celebrar sesiones y reuniones en otras localidades de la Comunidad Autónoma distintas a su sede.