Disposición adicional tercera. Vinculación a los planeamientos medioambientales.
Disposición adicional tercera de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2015-951
Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los instrumentos de planificación ambiental se adaptarán a las previsiones contenidas en esta ley, con el cumplimiento, en todo caso, de las determinaciones que establecen la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, y la Ley 5/2005, de 26 de mayo, de conservación de los espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears, en cuanto a la preservación de los valores ambientales que motivaron la declaración del espacio natural protegido o el ámbito de la Red Natura 2000.