Disposición adicional tercera. No incremento de gasto.
Disposición adicional tercera de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. · BOE-A-2013-8554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-03.
Texto consolidado
La ejecución de lo dispuesto en esta ley se efectuará con los medios materiales y personales destinados al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y a sus organismos dependientes, sin que suponga incremento neto del gasto, en especial, en relación a los gastos de personal.
Más artículos de Ley 12/2013
- ← Disposición adicional segunda. Laboratorios agroalimentarios para el control oficial dependientes funcionalmente del …
- → Disposición adicional cuarta. Realización y difusión de estudios y análisis comparativos.
- Ver la norma completa: Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.