Disposición adicional tercera. Previsión presupuestaria para necesidades inmediatas.
Disposición adicional tercera de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2010-18688
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-02-24.
Texto consolidado
Los Presupuestos de la Junta de Andalucía contendrán la previsión de las partidas que permitan sufragar los gastos derivados de las necesidades inmediatas de los afectados por actos terroristas, en los términos establecidos en la presente ley.
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