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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Fomento de las energías renovables, ahorro y eficiencia energética en las administraciones públicas y sus organismos dependientes.

Disposición adicional tercera de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9419

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-02.

Texto consolidado

Las administraciones públicas de la Región de Murcia deberán incorporar las instalaciones de aprovechamiento de energías renovables e implantar las últimas tecnologías en materia del uso racional de la energía en sus propios edificios e instalaciones.

Por la Consejería competente en materia de energía se determinarán los supuestos exentos de esta obligación cuando concurran circunstancias que imposibiliten su cumplimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-02-02.

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