Disposición adicional tercera. Modificación competencial.
Disposición adicional tercera de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón. · BOE-A-2015-5291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.
Texto consolidado
Las competencias atribuidas en la presente ley al departamento competente en materia de caza o al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental podrán ser modificadas mediante decreto del Gobierno de Aragón.
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