Disposición adicional tercera. Cooperación con otras Administraciones públicas.
Disposición adicional tercera de la Ley 1/2005, de 16 de mayo, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2005-9402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-25.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria mantendrá las oportunas relaciones de cooperación con otras Administraciones públicas que cuenten con Registros de parejas de hecho o similares, al objeto de evitar supuestos de doble inscripción.
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