Disposición adicional tercera. Integración en las nuevas categorías.
Disposición adicional tercera del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid. · BOCM-m-2006-90012
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-27.
Texto consolidado
Continuará produciendo todos sus efectos la integración llevada a cabo a la entrada en vigor de la Ley 19/1999, de 29 de abril, de los funcionarios incluidos en las categorías existentes, en ese momento, en el Cuerpo de Bomberos en las nuevas categorías.
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