Disposición adicional tercera. Unidades de aplicación.
Disposición adicional tercera de la Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural. · BOE-A-2020-4266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-04.
Texto consolidado
A efectos de aplicación de la metodología que desarrolla esta circular, y salvo que se indique lo contrario:
1. Los valores e importes se expresarán en euros (€) con dos decimales.
2. Las cantidades de gas se expresarán en MWh con tres decimales.
3. El número de puntos de suministro no tendrá decimales.
4. Los precios y las retribuciones unitarias se expresarán en €/Magnitud Física con tres decimales.
5. Los porcentajes se expresarán con dos decimales.
6. Los tantos por uno se expresarán con cuatro decimales.
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- Ver la norma completa: Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural.