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Real Decreto Derogada

Disposición adicional sexta. Gestión del múltiple digital.

Disposición adicional sexta del Real Decreto 944 /2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre. · BOE-A-2005-13113

Atención: Real Decreto 944/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades que accedan a la explotación de canales dentro de un mismo múltiple digital, sin perjuicio del derecho exclusivo a su explotación, deberán asociarse entre sí para la mejor gestión de todo lo que afecte al múltiple digital en su conjunto o establecer las reglas para esa finalidad.

Los conflictos que surjan entre las entidades por la gestión del múltiple digital serán resueltos por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-08-01.

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