Disposición adicional sexta. Análisis de evolución de los precios y márgenes de los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud para pacientes no hospitalizados.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 90/2026, de 11 de febrero, por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud para pacientes no hospitalizados y se determinan los márgenes correspondientes a su distribución y dispensación. · BOE-A-2026-3215
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-01.
Texto consolidado
Cada dos años, a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, la persona titular del Ministerio de Sanidad presentará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos un informe con el análisis de la evolución de los precios y márgenes de productos sanitarios sujetos a financiación pública regulados en este real decreto. Asimismo, en el caso de que así se derive de las conclusiones del estudio, el informe contendrá una propuesta de actualización de los márgenes de distribución y dispensación de los productos sanitarios financiados.
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