Disposición adicional sexta. No incremento del gasto público.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero, por el que se regula el Registro de Actividad de Atención Sanitaria Especializada. · BOE-A-2015-1235
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-11.
Texto consolidado
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, las medidas incluidas en este real decreto no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.