Disposición adicional sexta. Procedimiento de notificación de disposiciones en materia de expedición de títulos de formación en las profesiones de médico, médico especialista, enfermera responsable de cuidados generales, odontólogo, veterinario, farmacéutico y arquitecto.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI). · BOE-A-2017-6586
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-11.
Texto consolidado
1. Las autoridades españolas deberán notificar a la Comisión las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que adopten en materia de expedición de títulos de formación en las profesiones de médico, médico especialista, enfermera responsable de cuidados generales, odontólogo, veterinario, farmacéutico y arquitecto, a que se refiere el capítulo III del título III.
En el caso de los títulos de formación de arquitecto a que se refiere la sección 8 del capítulo III del título III, la notificación efectuada de conformidad con el párrafo primero también se dirigirá al resto de Estados miembros.
2. La notificación incluirá información sobre la duración y el contenido de los programas de formación y se transmitirá a través del IMI.
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