El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición adicional sexta. Servicio con armas.

Disposición adicional sexta de la Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. · BOE-A-2011-16595

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-23.

Texto consolidado

Quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional como vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos, escoltas privados, guardas particulares del campo (guardas de caza y guardapescas marítimo), para poder prestar servicios con armas, habrán de obtener licencia tipo C en la forma prevenida en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-23.

Más artículos de Orden INT/2850/2011

En El Vínculo puedes leer Orden INT/2850/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.