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Ley Foral Derogada

Disposición adicional sexta. Medidas de control en los contratos de obras y asistencia subvencionados por las Administraciones Públicas de Navarra.

Disposición adicional sexta de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. · BOE-A-2006-11956

Atención: Ley Foral 6/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En los supuestos previstos en el artículo 3 letras b) y c) procederá el reintegro total o parcial de la subvención concedida por las Administraciones Públicas de Navarra en el caso de que los contratos no se adjudiquen de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley Foral, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas procedentes de acuerdo con la específica normativa reguladora de las subvenciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-06.

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