Disposición adicional sexta. Uso del vascuence en el derecho a la información pública.
Disposición adicional sexta de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto. · BOE-A-2012-9370
Atención: Ley Foral 11/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. A las solicitudes de acceso a la información pública reguladas en el Título III de esta Ley Foral será de aplicación la normativa reguladora del uso del vascuence en las Administraciones Públicas.
2. Asimismo, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra adoptará las medias oportunas para posibilitar, de forma progresiva, la difusión en el portal web del Gobierno de Navarra de la información pública en vascuence.