Disposición adicional sexta. Enfoque preventivo de la seguridad e introducción de la doctrina de la cultura justa de seguridad.
Disposición adicional sexta de la Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo. · BOE-A-2010-5983
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-15.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses el Gobierno aprobará un proyecto de ley en el que, a través de la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional, se incorpore a nuestro ordenamiento un enfoque preventivo de la seguridad operacional y la doctrina de la cultura justa de seguridad.
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