Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud. · BOE-A-2003-10531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.
Texto consolidado
Los departamentos de la Generalidad competentes en las materias de agricultura, comercio, medio ambiente y sanidad han de establecer protocolos de coordinación con el objetivo de hacer efectivos los controles que prescribe la legislación vigente y establecer un sistema de comunicación de los controles efectuados, de acuerdo con las directrices del Plan de seguridad alimentaria de Cataluña y el Plan de salud de Cataluña.