Disposición adicional sexta. Valoración de la exclusión residencial en la gradación de las sanciones.
Disposición adicional sexta de la Ley 4/2016, de 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial. · BOE-A-2017-522
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-30.
Texto consolidado
Entre los criterios para determinar la gradación de las sanciones por infracciones cometidas en materia de vivienda, particularmente por el incumplimiento de las prescripciones establecidas por la presente ley, debe tenerse en cuenta el hecho de que la infracción haya derivado en una situación efectiva de exclusión residencial.
Más artículos de Ley 4/2016
- ← Disposición adicional quinta. Referencia del Código de consumo a las comisiones de sobreendeudamiento.
- → Disposición adicional séptima. Régimen especial del municipio de Barcelona
- Ver la norma completa: Ley 4/2016, de 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial.