Disposición adicional quinta. Referencia del Código de consumo a las comisiones de sobreendeudamiento.
Disposición adicional quinta de la Ley 4/2016, de 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial. · BOE-A-2017-522
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-30.
Texto consolidado
La referencia a las comisiones de sobreendeudamiento realizada por el artículo 132-4.4 del Código de consumo de Cataluña se entiende hecha a la Comisión de Vivienda y Asistencia para Situaciones de Emergencia Social, regulada por el artículo 5 de la presente ley.
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