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Ley Vigente

Disposición adicional sexta. Aplicación progresiva de la tarifa del gravamen de protección civil para aeropuertos y aeródromos.

Disposición adicional sexta de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de Protección Civil de Cataluña. · BOE-A-1997-14409

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Texto consolidado

La cuota que deben satisfacer los aeropuertos y los aeródromos, que resulta de la aplicación de las tarifas establecidas por el apartado tercero del artículo 59.1, tiene las siguientes bonificaciones:

Un 50% para el ejercicio 2010.

Un 25% para el ejercicio 2011.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

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