Disposición adicional sexta. Desarrollo reglamentario.
Disposición adicional sexta de la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria. · BOE-A-2017-5043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-19.
Texto consolidado
En tanto no se proceda al desarrollo reglamentario previsto en esta ley, se aplicarán, en lo que no se oponga a la misma, las normas vigentes en materia de seguridad de establecimientos y edificios. Particularmente, las contenidas en las normas básicas de la edificación vigentes, así como las normas vigentes en materia de Seguridad y Protección Civil, en el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, y en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de noviembre, de Control ambiental Integrado.