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Ley Vigente

Disposición adicional sexta. Sociedades de auditoría.

Disposición adicional sexta de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. · BOE-A-2015-8147

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-17.

Texto consolidado

Las sociedades de auditoría deberán realizar las correspondientes modificaciones para adaptarse a lo exigido en el artículo 11 en el plazo de un año desde la fecha de publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial del Estado».

En caso de que las sociedades de auditoría no se hubieran modificado antes de dicha fecha, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas procederá a darles de baja de oficio del Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-06-17.

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