Disposición adicional sexta. Régimen competencial.
Disposición adicional sexta de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. · BOE-A-2005-18668
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-15.
Texto consolidado
La presente Ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado de acuerdo con el artículo 149.1.8.ª de la Constitución.
Más artículos de Ley 20/2005
- ← Disposición adicional quinta. Obligación de los notarios.
- → Disposición adicional séptima. Tasa por expedición del certificado del Registro de contratos de seguros de cobertura …
- Ver la norma completa: Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.