Disposición adicional sexta. No discriminación por motivos de identidad de género en el cómputo del plazo de residencia para ser persona beneficiaria de la renta valenciana de inclusión.
Disposición adicional sexta de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión. · BOE-A-2018-371
Atención: Ley 19/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Modificación de la disposición adicional primera de la Ley 8/2017, de 7 de abril, de la Generalitat, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, para adaptarla a la derogación de la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalitat, de renta garantizada de ciudadanía de la Comunitat Valenciana, cambiando las referencias a esta renta por las disposiciones resultantes de la aprobación de este texto.