Disposición adicional sexta. Subrogación de derechos y obligaciones de Murcia Cultural, S.A. y Murcia Turística, S.A.
Disposición adicional sexta de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional. · BOE-A-2013-1927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
1. Todos aquellos derechos y obligaciones derivados de las actuaciones llevadas a cabo por la empresa pública Murcia Cultural, S.A., ya sean, a mero efecto enunciativo, de carácter contractual, fiscal, financiero, laboral o judicial serán subrogados por el Instituto de las Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia.
2. Todos aquellos derechos y obligaciones derivados de las actuaciones llevadas a cabo por la empresa pública Región de Murcia Turística, S.A., ya sean, a mero efecto enunciativo, de carácter contractual, fiscal, financiero, laboral o judicial serán subrogados por el Instituto de Turismo de la Región de Murcia.
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