Disposición adicional sexta. Justificación de subvenciones por entidades públicas autonómicas.
Disposición adicional sexta de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. · BOE-A-2006-15113
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
Reglamentariamente podrá establecerse un régimen simplificado de justificación, comprobación y control de las subvenciones percibidas por organismos y entes del sector público autonómico que, de acuerdo con la normativa presupuestaria, se encuentren sujetos a control financiero permanente de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin que puedan exigirse otras auditorías o controles adicionales.