Disposición adicional sexta. Vigencia del Programa Edificant.
Disposición adicional sexta del Decreto-ley 5/2017, de 20 de octubre del Consell, por el que se establece el régimen jurídico de cooperación entre la Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana para la construcción, ampliación, adecuación, reforma y equipamiento de centros públicos docentes de la Generalitat. · DOGV-r-2017-90481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.
Texto consolidado
Se prorroga la vigencia del Programa Edificant regulado por este decreto ley hasta el año 2029, incluido, resultando así como periodo de ejecución del mismo los comprendidos entre las anualidades 2018 y 2029.
La vigencia establecida en esta disposición adicional se tendrá en cuenta a efectos de acordar nuevas delegaciones. No obstante, las delegaciones ya acordadas podrán extender su ejecución a ejercicios posteriores, lo que se deberá de tener en cuenta a efectos presupuestarios.
Se añade por la disposición final 4 del Decreto-ley 5/2022, de 1 de julio. Ref. DOGV-r-2022-90211
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11959.
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